Crónicas ( CLXIV )

El 4 de abril de 2023 hemos recibido respuesta a la cuestión que enviamos el 14 de febrero a la DGOJ, desde la Sede de Ordenación del Juego.

Recordamos el contenido de nuestro escrito:

“En su respuesta de fecha 2 de enero de 2023, nos comentan que para resolver las dudas planteadas sobre si unos determinados ganadores de diferentes Spin & Go constan de la correspondiente identidad fiscal, deberíamos dirigirnos a la empresa de poker.

Creemos que su respuesta se debe a un error de interpretación y es por ello que ahondamos en la cuestión:

Si presentamos a la DGOJ una docena de Spin & Go, de 50 euros de premio, con los alias de sus ganadores -en este caso nos referimos a jugadores españoles-, ¿podrán confirmarnos si estos jugadores tienen una identidad fiscal reconocida?

La respuesta de la DGOJ ha sido la siguiente:

“Como ya se ha contestado previamente, las labores de monitorización permanente que realiza la Dirección General de Ordenación del Juego sobre la actividad de juego de los operadores licenciados implica que estos reporten a la Dirección General de Ordenación del Juego información sobre la actividad que realizan y ello permite realizar un control permanente de las personas que participan, de las transacciones que se realizan y de los premios otorgados, así como garantizar el correcto funcionamiento de los juegos, incluyendo entre estos supuestos los torneos Spin&Go.

No obstante, dicha información está limitada al ejercicio de las competencias que esta Dirección General tiene encomendadas y sujetas, en cualquier caso, a la protección de los derechos personales. Así, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya a la libre circulación de estos datos , y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la Dirección General de Ordenación del Juego tiene un compromiso con respecto al cumplimiento de su obligación de secreto con respecto a los datos de carácter personal y al deber de tratarlos con confidencialidad sin que, por tanto, pudieran ser cedidos a un tercero.”

En definitiva, si desde pokercsi enviamos a la DGOJ una relación de alias ganadores de Spin & Go, de 50 euros de premio, ni siquiera van a decirnos si los ganadores están vinculados a una identidad, con nombre y apellidos, y registrados con un NIF.

Es de notar que no pedimos que se nos den estos datos, solo que confirmen, que verifiquen que NO SON ROBOTS, y a pesar de ello la negativa de la DGOJ es tajante.

Hace tiempo que hemos llegado a la conclusión que en la DGOJ no quieren saber nada de los engaños de las casas de poker online hacia los jugadores de poker online españoles.

Prefieren cerrar los ojos los ojos a una realidad evidente que, de hacerse pública, cuestionaría la labor de la DGOJ durante más de diez años.

Crónicas ( CLXIII )

A 25 de marzo de 2023 hemos recibido la siguiente comunicación de una de las empresas que colaboran con la DGOJ en la certificación de los juegos online:

"Durante la evaluación de cumplimiento normativo de los juegos y los generadores de números aleatorios en el laboratorio de pruebas, verificamos la implementación de las reglas del juego, la tabla de pagos, el retorno al jugador, la aleatoriedad de los resultados del juego, la escala / asignación de números aleatorios a los símbolos / cartas del juego, barajar, etc. la verificación se realiza a través de la revisión del código fuente, pruebas funcionales, cálculo del retorno al jugador, simulación del juego, análisis estadístico, etc. Sin embargo, no profundizamos tanto como en este caso que ustedes nos proponen porque la evaluación del cumplimiento de los juegos se realiza en función de los requisitos reglamentarios, que no piden este análisis tan detallado." 

En definitiva, que en ningún caso se tiene en cuenta la interacción entre las cartas en mano y las cartas comunitarias, tal y como reconocen al decir que desde la DGOJ no piden este análisis tan detallado.

Hasta que no se vaya al fondo de la cuestión, las casas de poker seguirán beneficiándose de unos controles excesivamente laxos en lo esencial, lo que permite que los jugadores de poker online españoles sean esquilmados, día tras día, desde hace más de una década.

Crónicas ( CLXII )

El día 14 de febrero de 2023 hemos enviado a la DGOJ, desde la Sede de Ordenación del Juego, la siguiente consulta:

“En su respuesta de fecha 2 de enero de 2023, nos comentan que para resolver las dudas planteadas sobre si unos determinados ganadores de diferentes Spin & Go constan de la correspondiente identidad fiscal, deberíamos dirigirnos a la empresa de poker.

Creemos que su respuesta se debe a un error de interpretación y es por ello que ahondamos en la cuestión:

Si presentamos a la DGOJ una docena de Spin & Go, de 50 euros de premio, con los alias de sus ganadores -en este caso nos referimos a jugadores españoles-, ¿podrán confirmarnos si estos jugadores tienen una identidad fiscal reconocida?”

Crónicas ( CLXI )

A 2 de enero de 2023, al fin hemos obtenido respuesta de la DGOJ, a nuestra comunicación de fecha 27 de setiembre de 2022.

Recordamos las preguntas:

¿Tienen ustedes la relación de todos los Spin & Go que se juegan, o solo acceden a alguno de ellos en el caso de una reclamación?

¿En el caso de alguna reclamación, pueden ustedes comprobar de manera fehaciente que el ganador es una persona con identidad y no un robot?

¿En el caso de duda, ustedes nos darían la confirmación de que el ganador es una persona registrada, con la pertinente identidad fiscal?

¿Porqué PokerStars no permite observar estos Spin & Go por parte de otros jugadores, cuando en torneos y partidas regulares sí lo permite?

Esta ha sido la respuesta a nuestras preguntas:

En relación con la primera y segunda de las cuestiones planteadas, las mismas, en síntesis, se refieren a la actividad de inspección desarrollada por esta Dirección General de Ordenación del Juego. En este sentido, ha de señalarse que en el marco de esta actividad de inspección este centro directivo audita, vigila, inspecciona y controla todos los aspectos y estándares administrativos, económicos, procedimentales, técnicos, informáticos, telemáticos y de documentación, relativo al desarrollo de las actividades previstas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo (art. 24). En este contexto funcional, la monitorización de la actividad de juego de los operadores licenciados implica que estos reporten a la Dirección General de Ordenación del Juego información sobre la actividad que realizan y ello permite realizar un control permanente de las personas que participan, de las transacciones que se realizan y de los premios otorgados, así como garantizar el correcto funcionamiento de los juegos. 

Las dudas planteadas en la tercera y cuarta cuestión deberá dirigirlas, en su caso, al operador de juego.

En cualquier caso, y sin perjuicio de lo anterior, si en su relación con uno de los operadores de juego habilitados por este centro directivo tuviera un conflicto o un desacuerdo, o en caso de que tuviera conocimiento de hechos susceptibles de constituir una infracción administrativa, le informamos de que puede plantear la correspondiente reclamación o denuncia. Toda la información al respecto está disponible en https://www.ordenacionjuego.es/es/reclamaciones

El párrafo en el que se nos dice que la tercera cuestión debe ser consultada al operador del juego, en este caso PokerStars, nos deja perplejos.

Recordamos de nuevo la pregunta:

¿En el caso de duda, ustedes nos darían la confirmación de que el ganador es una persona registrada, con la pertinente identidad fiscal?

O sea, que en caso de alguna duda sería la casa de poker, la misma que las genera, la que tendría que darnos una respuesta. No parece muy razonable que esto sea así.

Insistiremos en esta cuestión.

Crónicas ( CLX )

A 16 de diciembre de 2022, mientras seguimos a la espera de las respuestas de la DGOJ a nuestra comunicación de fecha 27 de septiembre de 2022, aprovechamos para realizar la siguiente valoración:

Si bien en la DGOJ, con el paso de los años, han ido cambiando los Directores, ninguno ha afrontado una realidad deleznable: que los jugadores españoles de poker online son esquilmados de manera sistemática por las casas de poker.

Que esto siga ocurriendo a día de hoy, cuando al actual Director, el Sr. Mikel Arana, se le presuponía un cariz más social, es realmente descorazonador.

Desde su inicio, en la DGOJ jamás han tenido el más mínimo interés en cambiar la dinámica expuesta, pues el objetivo esencial ha consistido en recaudar los impuestos del juego, al margen de otras consideraciones.

Nuestro lema resume perfectamente la situación desde la Regulación del Juego en España:

Hay algo peor que estar desprotegido: creer que estás protegido, sin estarlo.

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