Crónicas ( CCXIV )
En fecha 27 de Marzo de 2026 hemos enviado un correo electrónico al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, atendiendo a las instrucciones que se nos dieron desde la Secretaría General de Consumo y Juego:
“Durante meses hemos informado a la DGOJ de determinados incumplimientos por parte de algunos casinos online. Esta fue nuestra última consulta al organismo, en fecha 18 de noviembre de 2025:
¿Hay alguna razón por la que se permite a Bet365, Casino777, LeoVegas y MegaCasino, incumplir el Real Decreto 176/2023, que en su Artículo 10, Información y asistencia sobre juego seguro y comportamientos de riesgo a través de servicio telefónico, en su apartado 3, expresa que el número de teléfono será visible, como mínimo, en la sección sobre juego seguro de la página principal del operador?
Esta fue la respuesta recibida por parte de la DGOJ, el 2 de enero de 2026:
En relación con su consulta, nos remitimos a la respuesta dada anteriormente. En caso de que considerase que a la luz de la normativa citada se hubiese producido una infracción de la normativa de juego puede interponer la correspondiente denuncia a través de los canales habilitados por este centro directivo.
Los integrantes de nuestra Asociación entendemos que la DGOJ podría comprobar los incumplimientos en cuestión de minutos, sin necesidad de exigir denuncias, pues es algo que pueden verificar con solo entrar en las webs de los mencionados casinos online.
¿No les parece que esta manera de proceder es completamente inadecuada? ¿Es razonable tanta burocracia absurda y tanta permisividad?”