Crónicas ( LXXXVIII )

En fecha 20 de setiembre de 2019 hemos recibido respuesta a nuestra comunicación dirigida a la DGOJ, iniciada el 20 de junio de 2019 desde la Sede de Ordenación del Juego.

Recordamos nuestra pregunta:

¿Qué cantidad de manos consideran necesarias para, una vez analizadas, determinar si el reparto de cartas y las posteriores secuencias de cada una de las manos cumple con el adecuado criterio de aleatoriedad en sus múltiples variables?

La respuesta de la DGOJ expone lo siguiente:

Dado que los controles de aleatoriedad a posteriori se hacen sobre el total de manos jugadas no existe necesidad de valorar un tamaño de muestra adecuado.

La respuesta resulta sorprendente, pues para la obtención de estadísticas fiables es imprescindible analizar un determinado número de manos, a partir del cual los porcentajes adquieren sentido.

En próximas comunicaciones con la DGOJ insistiremos en esta y otras cuestiones que se derivan de la misma.

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