Crónicas ( CVII )

El día 11 de febrero de 2020 hemos recibido respuesta a nuestro requerimiento enviado a la DGOJ el día 17 de diciembre de 2019 -Crónicas CI-, desde la Sede de Ordenación del Juego.

La respuesta de la DGOJ ha sido la siguiente:

En relación con la consulta planteada, que versa sobre la respuesta proporcionada por un operador a una pregunta suya, este centro directivo le recomendaría que, en todo caso, y en el supuesto de considerar la misma insatisfactoria o insuficiente, se dirigiera a los servicios de información o atención al cliente del operador para poner de manifiesto dicha circunstancia.  

Sin perjuicio de ello, se desea poner en su conocimiento igualmente que, una vez examinada la consulta por usted planteada, se aprecia la existencia de una discrepancia con un operador de juego por lo que, en caso de estimarlo usted necesario, el cauce adecuado para su resolución no sería el servicio de consultas de la DGOJ (dirigido a resolver las dudas que los distintos interesados puedan tener en materia de juego), sino el planteamiento de una reclamación.

Toda la información relativa a la forma de presentación de las reclamaciones está disponible en el siguiente enlace: https://www.ordenacionjuego.es/es/reclamaciones

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