Crónicas ( CXLIV )

 

El día 31 de enero de 2022 hemos recibido respuesta por parte de la DGOJ a nuestra consulta, enviada el 18 de diciembre de 2021.

Transcribimos el contenido de la misma:

“El conjunto de cuestiones planteadas en su consulta obedece a distintas naturalezas.

Uno de ellos tiene que ver con los resultados de la actividad promocional de un concreto operador, en este caso, el Sit and Go de Pokerstars, solicitando información tal como el número de jugadores que acceden a la promoción o que obtienen los veinte euros en que consiste la oferta. Esta solicitud de información debe dirigirse al operador.

Una segunda cuestión, plantea la existencia de controles sobre el juego en cuestión – Sit and Go – y la existencia de posibles fraudes. En este punto, ha de señalarse que la Dirección General de Ordenación del Juego vigila, controla, inspecciona y, en su caso, sanciona las actividades relacionadas con los juegos desarrolladas por los operadores en virtud de las funciones atribuidas por la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, y es en el marco de esta actividad de supervisión en el que se encuadraría la eventual supervisión de la actividad desarrollada en el contexto del citado juego, dirigida a la consecución de las finalidades de protección del orden público, lucha contra el fraude, prevención de las conductas adictivas, protección de los derechos de los menores y salvaguarda los derechos de los participantes en los juegos. Así, por ejemplo, la participación de personas vinculadas con el operador en los juegos ofrecidos por éste es una de las prohibiciones subjetivas del artículo 6.2 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, para cuyo control el Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, establece la creación de un Registro de personas vinculadas a operadores de juego.

Por último, sin perjuicio de lo anterior, en caso de que en su relación con uno de los operadores de juego habilitados por este centro directivo tuviera un conflicto o un desacuerdo, o en caso de que tuviera conocimiento de hechos susceptibles de constituir una infracción administrativa, le informamos de que puede plantear la correspondiente reclamación o denuncia. Toda la información al respecto está disponible en https://www.ordenacionjuego.es/es/reclamaciones

Desde la DGOJ no quieren aceptar que no se trata solo de que los usuarios denuncien irregularidades, sino que desde buen principio intenten evitarse, algo que nunca se ha hecho desde la DGOJ en referencia a la manipulación del juego.

Concretamente el Dosier que enviamos a la DGOJ, el 25 de octubre de 2020, expone de manera detallada la solución integral para este tipo de cuestiones, pero se lo están tomando con mucha calma en su análisis y respuesta.

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