Crónicas ( CCIX )
El 2 de enero de 2026 hemos recibido respuesta de la DGOJ, desde la Sede Electrónica del Juego, a nuestra comunicación, enviada el 18 de noviembre de 2025. La misma expresaba lo siguiente:
¿Hay alguna razón por la que se permite a Bet365, Casino777, LeoVegas y MegaCasino, incumplir el Real Decreto 176/2023, que en su Artículo 10, Información y asistencia sobre juego seguro y comportamientos de riesgo a través de servicio telefónico, en su apartado 3, expresa que el número de teléfono será visible, como mínimo, en la sección sobre juego seguro de la página principal del operador?
Esta es la respuesta recibida por parte de la DGOJ:
En relación con su consulta, nos remitimos a la respuesta dada a la SUG/03123. En caso de que considerase que a la luz de la normativa citada se hubiese producido una infracción de la normativa de juego puede interponer la correspondiente denuncia a través de los canales habilitados por este centro directivo. Toda la información acerca de cómo interponer una denuncia está disponible en
https://www.ordenacionjuego.es/denuncias-reclamaciones/denuncias
Resulta incomprensible que desde la DGOJ requieran una denuncia cuando solo con entrar en las webs de los casinos mencionados podrían comprobar la veracidad de lo que les hemos comunicado, y actuar en consecuencia, con una actitud proactiva y comprometida.